JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Orden Foral 110/2020, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 3 de marzo. Modificar la Orden Foral 318/2009, de 1 de junio, que aprobó el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador La necesidad de completar las modificaciones de las declaraciones informativas para el ejercicio 2019, hace necesario la modificación de la Orden Foral 318/2009, de 1 de junio, que aprobó el modelo 189 de declaración informativa anual de valores, seguros y rentas, a los efectos de adaptarlo a la información requerida para un adecuado funcionamiento de los nuevos sistemas de asistencia al contribuyente relativos a la cartera de valores de éste, en el Territorio Historico de Araba

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BOTHA MIERCOLES 11 DE MARZO DE 2020

JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

Diputación Foral de Álava

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

 Orden Foral 110/2020, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 3 de marzo. Modificar la Orden Foral 318/2009, de 1 de junio, que aprobó el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador

La necesidad de completar las modificaciones de las declaraciones informativas para el ejercicio 2019, hace necesario la modificación de la Orden Foral 318/2009, de 1 de junio, que aprobó el modelo 189 de declaración informativa anual de valores, seguros y rentas, a los efectos de adaptarlo a la información requerida para un adecuado funcionamiento de los nuevos sistemas de asistencia al contribuyente relativos a la cartera de valores de éste.

ORDENES FORALES DE APROBACIÓN DEL MODELO 714 Y 100 DE LOS IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO Y RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS 2019, EN EL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA.

BOB NUM 51 VIERNES 13 DE MARZO DE 2020

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

ORDEN FORAL 540/2020, de 5 de marzo, del diputado de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 714 de autoliquidación del impuesto sobre el Patrimonio 2019 y el procedimiento para su presentación telematica.

ORDEN FORAL 541/2020 de 5 de marzo, del diputado de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 100 de autoliquidación del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019 y el procedimiento para su presentación telematica.

ORDEN FORAL 33/2020, de 4 de marzo, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican la Orden Foral 27/2009, de 27 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y se establecen los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador y la Orden Foral 231/2013, de 18 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban los modelos 210 y 211 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación, en la Comunidad Foral de Navarra.

. Comunidad Foral de Navarra

BON NUM 50 JUEVES 12 DE MARZO DE 2020

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 33/2020, de 4 de marzo, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican la Orden Foral 27/2009, de 27 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y se establecen los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador y la Orden Foral 231/2013, de 18 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban los modelos 210 y 211 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación.

Una vez cerrados los cambios técnicos que pueden abordarse para el ejercicio 2019, se procede en esta Orden Foral a aprobar las modificaciones pendientes relativas al modelo 189, para completar de este modo el conjunto de modificaciones relativas a las declaraciones informativas de dicho ejercicio.

Así, el artículo primero de la presente Orden Foral modifica la Orden Foral 27/2009, de 27 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y se establecen los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, para adaptarlo a la información requerida para un adecuado funcionamiento de los nuevos sistemas de asistencia al contribuyente relativos a la cartera de valores de éste.

Para ello, en primer lugar, se modifica el campo “CLAVE DE MERCADO”, para establecer la distinción entre los mercados de valores extranjeros de la Unión Europea y del resto de países extranjeros.

En segundo término, se modifica el campo “NÚMERO DE VALORES”, para homogeneizar la fórmula de cómputo de los mismos con el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, declarando el número total de títulos del declarado.

En último lugar, se añade un nuevo campo “CLAVE DE TITULARIDAD”, para diferenciar entre el titular pleno propietario y el nudo propietario de los valores objeto de dicha declaración informativa.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Convenio Económico entre Navarra y el Estado, en la exacción del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, Navarra aplicará normas sustantivas y formales del mismo contenido que las establecidas en el Estado. En su virtud, el artículo segundo modifica la Orden Foral 231/2013, por la que se aprueban los modelos 210 y 211, adicionando un párrafo segundo en la letra a) del artículo 11.1, para así equiparar la regulación del modelo 210 a la regulación del Estado.

ORDEN FORAL 570/2020 de 6 de marzo del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, en el Territorio Historico de Bizkaia.

BOB NUM 49 miércoles 11 de marzo de 2020

ORDEN FORAL 570/2020 de 6 de marzo del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños fisicos y logicos para su presentación por medio de soporte magnético directamente legible por ordenador.

Orden Foral 91/2020 de 5 de marzo, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, en el Territorio Historico de Gipuzkoa.

BOB  NUM 47 Martes, a 10 de marzo de 2020

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

Orden Foral 91/2020 de 5 de marzo, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.

El artículo 90 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gi puz koa, establece que las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades en régimen de atribución de rentas, estarán obligadas a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con transcendencia tributaria o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas.

En desarrollo de dicha obligación se aprobó el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales.

Su artículo 48 establece la obligación de informar acerca de valores, seguros y rentas de las entidades que sean depositarias de valores mobiliarios, las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, las entidades comercializadoras en España y los representantes de las entidades gestoras que operen en régimen de libre prestación de servicios, y las entidades aseguradoras, incluidas las domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que operen en España en régimen de libre prestación de servicios, así como las entidades financieras de los citados activos.

Por su parte, el artículo 38 del citado reglamento establece que el diputado o la diputada foral del Departamento de Hacienda y Finanzas aprobará los modelos de declaración que, a tal efecto, deberán presentarse, el lugar y plazo de presentación, así como los supuestos y condiciones en que la obligación deberá cumplirse por medios electrónicos.

Dicha obligación de información está desarrollada en la actualidad a través de la Orden Foral 39/2009, de 19 de enero, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y se modifica el plazo de presentación del modelo 210. Las modificaciones habidas en los procedimientos de presentación del modelo 189 desde la aprobación de la referida orden foral aconsejan una actualización de su regulación.

Además de ello, cabe apuntar la modificación sobre el campo número de valores, para homogeneizar la fórmula de cómputo de los mismos con el modelo 198, declarando el número total de títulos del declarado, añadiendo al mismo tiempo un nuevo campo denominado «clave de titularidad», al objeto de diferenciar entre el titular pleno propietario y el nudo propietario de los valores de dicha declaración informativa.

ORDEN FORAL 532/2020 DE 4 DE MARZO , DEL DIPUTADO DE HACIENDA Y FINANZAS, POR LO QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 515/2009 DE 17 DE FEBRERO, POR LO QUE SE APRUEBA EL MODELO 189 EN EL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA.

BOB NUM 47 lunes 9 de marzo de 2020

ORDEN FORAL 532/2020 DE 4 DE MARZO , DEL DIPUTADO DE HACIENDA Y FINANZAS, POR LO QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 515/2009 DE 17 DE FEBRERO, POR LO QUE SE APRUEBA EL MODELO 189 DE DECLARACION INFORMATIVA ANUAL ACERCA DE VALORES, SEGUROS Y RENTAS.

Publicacion de diferentes ordenes referentes a modelo 349 de iva, modelo 189 impuesto sobre el Patrimonio y del IRPF.

BOE  Núm. 52 Sábado 29 de febrero de 2020

MINISTERIO DE HACIENDA

Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/ 769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre.

Esta orden tiene por objeto la realización de las modificaciones gestoras requeridas como consecuencia de la trasposición de la Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, en lo que se refiere a la armonización y la simplificación de determinadas normas del régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido en la imposición de los intercambios entre los Estados miembros.

Orden HAC/175/2020, de 4 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/ 3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.

Orden HAC/176/2020, de 20 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2019, a efectos de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2019 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.

Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado. Desde su entrada en vigor, la Orden EHA/394/2011, de 21 de febrero,

Decreto Foral 6/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 18 de febrero. Aprobar la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en materia de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones, en el Territorio Historico de Araba.

BOTHA   miércoles, 26 de febrero de 2020 • Núm. 23

 JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

 Diputación Foral de Álava

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

Decreto Foral 6/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 18 de febrero. Aprobar la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en materia de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones

El presente decreto foral modifica el Decreto Foral 3/2016, de 12 de enero, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en materia de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones.

La letra b) del artículo 14.1 de la Norma Foral 21/2014, de 18 de junio, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes establece la exención de los intereses y de otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, con ciertas excepciones, siempre que tales rentas sean obtenidas sin mediación de establecimiento permanente por residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o por establecimientos permanentes de dichos residentes situados en otro Estado miembro de la Unión Europea.

En el caso de rentas obtenidas por fondos de pensiones o instituciones de inversión colectiva residentes en la Unión Europea, la aplicación efectiva de esta exención puede encontrarse con obstáculos como consecuencia de las dificultades para acreditar la residencia de estas entidades o de sus miembros, habida cuenta que no es infrecuente que tanto fondos de pensiones como instituciones de inversión colectiva carezcan de personalidad jurídico-fiscal en sus jurisdicciones de origen, lo cual puede ocasionar que las autoridades fiscales de dichas jurisdicciones no les concedan certificados de residencia fiscal.

Con la finalidad de superar estos obstáculos, este decreto foral añade una nueva disposición adicional, la tercera, al Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la que se establece un régimen especial de acreditación de la residencia a efectos de la aplicación de la exención prevista en el mencionado artículo 14.1 b) de la Norma Foral del Impuesto.